A pesar de que el 23 de mayo de 2006, el voto calificado de dos tercios de los diputados presentes, le negó el diploma de diputado por falta de "idoneidad moral" (artículo 64 de la Constitución nacional), la Cporte Suprema admitió ahora á la teoría de que el torturador no puede ser detenido porque tiene fueros parlamentarios.
Por Walter Goobar
El módulo 4 de la prisión federal de Marcos Paz donde el ex comisario Luis Abelardo Patti pasa sus días y sus noches esperando que se resuelva el conflicto de poderes que ha generado un reciente fallo de la Corte Suprema, reúne a un tétrico grupo de figuras emblemáticas de la represión ilegal. Además del cura Christian Von Wernich, el ex policía Miguel Etchecolatz y el ex espía Raúl Guglielminetti, están alojados ahí el ex médico policial Jorge Bergés, condenado a 7 años de prisión por la apropiación de un menor e investigado por otros episodios; el ex agente de inteligencia, Eduardo Ruffo, procesado por torturas y secuestros, y el ex militar Augusto Rolón. En esa galería de villanos, Patti está en su medio.
Hasta noviembre de 2007, Patti era un símbolo de la impunidad: había pruebas, pero varios juzgados habían cajoneado las causas o se habían declarado incompetentes.
Después de indagarlo por su presunta responsabilidad en el secuestro de siete personas durante la última dictadura militar, el juez federal de San Martín, Alberto Suares Araujo, dispuso la detención del torturador confeso, ex intendente de Escobar y frustrado diputado sobre el que pesan 17 elementos de prueba para imputarlo.
Es una de las pocas veces que un juez superó los temores y las dudas, y se metió a fondo con uno de los símbolos de la impunidad.
A pesar de que el 23 de mayo de 2006, el voto calificado de dos tercios de los diputados presentes, le negó el diploma de diputado por falta de "idoneidad moral" (artículo 64 de la Constitución nacional), la Cporte Suprema admitió ahora á la teoría de que el torturador no puede ser detenido porque tiene fueros parlamentarios.
En julio 2007 la polémica jueza Carmen Argibay
desplegó ante este cronista las razones que la empujaron a decir que el Congreso no tiene facultades para impedir la asunción de un legislador electo, sea quien fuere. "Todo el mundo piensa que decimos esto para beneficiar a Bussi o Patti, pero es para favorecer a las minorías", dijo Argibay.
-Usted votó contra la nulidad de los indultos e integró la mayoría a favor de Bussi. ¿Cómo explica este fallo?
-Es un fallo que establece cuáles son las competencias de la Cámara de Diputados para examinar los pliegos de un legislador. No puede negarse a tomarle juramento a un diputado electo por algo que se debió haber estudiado o advertido antes para que no pudiera presentarse como candidato. Lo hubieran impugnado cuando se postuló. Mala suerte si hay equis gente que lo quiere tener de representante. No pueden dejar de tomarle juramento. Bussi, de todos modos, ya no puede asumir porque venció el mandato. Tenemos un sistema de tres poderes en el Estado, es un sistema de contrabalance. Nosotros tenemos que controlar a los otros poderes.
En esa entrevista Argibay admitió que ese fallo "le había costado sangre, sudor y lágrimas". No hay razón para no creerle, más ahora quetras el fallo de Patti tuvo que ser internada por un problema de vesícula.
En este caso, la Corte repitió los mismos argumentos con Patti, sin tomar en cuenta que mintió al afirmar que no tenía causas abiertas y que pretende los fueros casi exclusivamente para eludir la acción penal.
Si la Cámara de Diputados de la Nación diera marcha atrás en su decisión democrática y legal de negar el acceso de un torturador confeso al Cuerpo y le otorgara fueros, podría entorpecer el proceso que le inició el juez federal de San Martín, Alberto Suárez Araujo, cuya medida de dictarle la prisión preventiva fue ratificada por la Sala I de la Cámara Federal de San Martín. De esta manera, el fallo de la Corte, ayudaría, sin quererlo seguramente, a garantizar la impunidad de la que gozó el represor durante todos estos años, en que reinaron las leyes de Punto Final y Obediencia Debida y los indultos.
La concesión de fueros como la que pretende el máximo tribunal obstaculizaría el juicio oral al represor, dispuesto el pasado martes por la Cámara Federal porteña, en la causa que le sigue el juez federal Ariel Lijo por encubrimiento de otro genocida.
A diferencia de Patti, que asesinaba prisioneros desarmados por la espalda, la Cámara de Diputados de la Nación lo impugnó con todas las garantías que otorga el Estado de Derecho.
Su diploma de diputado electo fue analizado durante tres meses por la Comisión de Peticiones, Poderes y Reglamento, que reunió más de 10 mil fojas de pruebas materiales y testimoniales en su contra.
El secuestro y asesinato del militante montonero Gastón Roberto José Goncalvez el mismo día del golpe militar, el 24 de marzo del 1976, es uno de los hechos que ahora se le atribuyen en la causa unificada que se instruye en la justicia de San Martín.
A Goncalvez -padre del bajista de Los Pericos-, lo escucharon por última vez el día del golpe, arriba de un móvil policial estacionado en la comisaría de Escobar. Su cuerpo apareció al día siguiente cerca del río Luján, con signos de tortura y quemado, junto a otros tres cadáveres más, que fueron enterrados como NN en el cementerio de Escobar. Cuando se encontró el cadáver de Goncalvez apareció un centenar de cadáveres de desaparecidos en el cementerio que estuvo allanado durante más de un año.
En el haber de Pattí también están los crímenes de los montoneros Osvaldo Cambiasso y Agustín Pereyra Rossi.
A las pruebas mencionadas se suma la aparición del caso Souto, en el que hay testimonios que dicen que ya en 1976, cuando secuestran a los hermanos Damico, a Souto y a Ariosti, los vecinos reconocían a Patti entre la patota que bajó de los autos.
La presunción de inocencia alegada por la Corte Suprema fue vulnerada por el propio interesado cuando en octubre de 1990 declaró a Clarín que "la policía, para esclarecer un hecho, tiene que cometer no menos de cuatro o cinco hechos delictivos (…) privación ilegal de la libertad, apremios y violación de domicilio, entre otros".
Tampoco negó ante la Justicia haber disparado contra Osvaldo Cambiasso y Eduardo Pereira Rossi. Es decir que se reconoció como secuestrador, asesino y torturador.
El diputado Miguel Bonasso señala que el artículo 70 de la Constitución Nacional autoriza a suspender al legislador o diputado que tiene una causa penal y ponerlo a disposición del juez competente para su juzgamiento. "Sería un absurdo dejarlo entrar a Patti en la Cámara y otorgarle los fueros correspondientes, para luego quitárselos a fin de que los jueces vuelvan a meterlo preso", sostiene Bonasso.
A pesar de la honestidad intelectual de sus miembros que está fuera de toda discusión, este
fallo sobre Patti pone a la Corte en una ambigua y desgarradora posición que confunde a un lobo con un cordero. Parafraseando a Henri Michaux se podría decir que al equivocarse con el lobo, no comprende al cordero y le queda casi todo por conocer sobre el ser.
Diario BAE
14-ABR-2008